En función de la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a la certificación energética de edificios, se aprueba el Real Decreto 235/2013 en el marco español, por el cual se incorpora el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios existentes.
Este Real Decreto, establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio o inmueble, (demanda energética o consumo), así como valores de referencia, tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o vivienda, puedan comparar y evaluar su eficiencia energética.
Este documento es emitido por un técnico certificador conteniendo información sobre las características energéticas actuales de cada inmueble y la eficiencia energética de un edificio o unidad de éste, calculada con arreglo a la metodología de cálculo definida por los Ministerios de Industria, Energía y Turismo y de Fomento.
El objetivo de este Real Decreto, es optimizar los recursos energéticos utilizados hoy por hoy, adecuando la vivienda y encaminándola a ser más eficiente energéticamente, a través de opciones de mejoras tanto en su envolvente térmica, como en adecuación de instalaciones, a la vez que persigue el uso de energías renovables, sustituyéndolas por aquellas que incrementan las emisiones de CO2 a la atmósfera, y por consiguiente contribuyendo a la disminución en el cambio climático.